Aprueba el Senado sancionar el ciberacoso y la violencia digital
QUERÉTARO, Qro., 5 febrero 2014.- El diputado federal, Marcos Aguilar Vega, informó que fue notificado de la sentencia en su contra que dictó del Juez Segundo Civil del Poder Judicial de Querétaro, respecto a la demanda que presentó por presunto daño moral en contra de Ricardo Carreño Frausto.
En un comunicado de prensa, el Diputado Federal, Marcos Aguilar Vega, se dijo respetuoso de las decisiones de los órganos jurisdiccionales, pero al no compartir el argumento en el cual se sustenta dicha sentencia, hará uso de su derecho de defensa, interponiendo un recurso de apelación.
“Soy respetuoso de las decisiones de los órganos jurisdiccionales, pero en ejercicio del derecho que tengo de defensa, haré uso del mismo, interponiendo un recurso de apelación, pues no comparto el razonamiento respecto a que no es posible sancionar a un funcionario público que dañe, mediante acusaciones infundadas a otra persona; precisamente amparándose en ser un funcionario público y gozar de ese privilegio”.
Cabe recordar que el pasado 5 de noviembre de 2012 se presentó demanda por daño moral en contra de Ricardo Carreño Frausto por las declaraciones infundadas vertidas en contra de su persona en fecha 26 y 29 de octubre del año 2013 y publicadas en medios impresos locales.
Aguilar Vega indicó que presentará un recurso de apelación, a efecto de que cualquiera de las dos Salas Civiles del Tribunal Superior de Justicia del Estado, revisen la sentencia emitida, y en su nivel jerárquico superior emita una nueva resolución valorando todas y cada una de las pruebas ofrecidas y desahogadas. Esta segunda sentencia puede revocar, confirmar o modificar la dictada en Primera Instancia.
El Diputado Federal destacó que la sentencia fue publicada el 31 de enero de este año, en la cual el Juez Segundo Civil del Partido Judicial de Querétaro, resuelve:
“PRIMERO.- La parte demandada, Ricardo Carreño frauto, no puede ser reconvenido ni enjuiciado por las manifestaciones vertidas el 26 y 29 de octubre de 2012 en su carácter de Diputado Local y en ejercicio de sus funciones, mismas que son fundamento de la acción de pago de daño moral ejercida por Marcos Aguilar Vega”, dice el documento.
Expresó que queda de manifiesto que el Juez no entró al fondo del asunto, ya que el argumento en el cual sustenta la sentencia es que por ser diputado local, Ricardo Carreño Frausto, no puede ser juzgado por sus declaraciones; a pesar que durante el juicio, el mismo Diputado no pudo probar sus acusación.