Sinaloa: arriban 200 efectivos de Fuerzas Especiales a reforzar seguridad
CIUDAD DE MÉXICO, 26 de agosto de 2016.- La Procuraduría General de Justicia (PGJ) capitalina aportó las pruebas necesarias para que el Juez 12 Penal con sede en el Reclusorio Preventivo Varonil Norte, dictara sentencia condenatoria de 70 años de prisión contra Edgar Alejandro N por los delitos de homicidio calificado en razón de parentesco y robo calificado, en agravio de su madre; y homicidio calificado en perjuicio de la pareja sentimental de su progenitora.
De acuerdo con la PGJ, consta en la causa penal 214/215 que el juzgador, le impulsó un pago mayor a los 353 mil pesos, por concepto de reparación del daño y que el móvil del doble homicidio fue el hurto de dinero, que pertenecía a una caja de ahorro que manejaba su consanguínea.
Quedó asentado en el expediente que el 13 de diciembre de 2015, el imputado en complicidad con otra persona acordó perpetrar el ilícito con el juego de llaves que él mismo le proporcionó.
Días después el copartícipe, ingresó al hogar con un arma de fuego y junto al implicado amagaron a la dueña del inmueble y a otro hombre, después uno de los captores fue en busca del efectivo.
La madre se incorporó para decir “no hagas esto”, pero su hijo le disparó en la cabeza, momento en el que el coautor le arrebató la pistola al inculpado para realizar una detonación en la cabeza del otro agraviado.
Las heridas provocaron la muerte de ambos. Consumadas las muertes, los autores materiales obtuvieron el dinero del robo y guardaron los cadáveres en la cajuela de un vehículo para luego abandonarlos en calles de la delegación Iztapalapa.
El automóvil fue localizado tiempo después por policías de la zona. Al rendir su declaración el procesado aceptó la comisión de los ilícitos, lo que el agente del Ministerio Público determinó ejercer acción penal en su contra. Mientras que su cómplice fue detenido en la esquina de Ignacio Zaragoza y Circuito Interior, una semana después de la consignación de Cedillo Peralta.
El proceso se inició previo a la plena entrada en vigor del Sistema Procesal Penal Acusatorio (SPPA), por lo que se desarrolló de acuerdo al sistema tradicional o mixto.