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QUERÉTARO, Qro., 20 de noviembre de 2020.- La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, respecto a que la diputada local panista, Leticia Rubio Montes, incurrió en promoción personalizada, pero determinó que se carecieron de elementos para demostrar que incurrió uso indebido de recursos públicos.
El secretario general de Acuerdos, Francisco Daniel Navarro Badilla, indicó que la promovente buscó revertir la resolución, pero la Sala determinó únicamente modificar la sentencia combatida.
“El Tribunal local fue congruente en su resolución, toda vez que, como lo expuso, al momento de que el instituto local recibió la incompetencia planteada por el INE, podía indagar sobre las posibles conductas infractoras de la actora en redes sociales, sin encontrarse limitado en una publicación en concreto”.
Detalló, sin embargo, que no se demostraron elementos respecto al uso de recursos públicos para la promoción denunciada, de ahí que se determinó modificar la sentencia.
“En cuanto a promoción a la infracción, consistente en promoción personalizada, se considera que la sentencia se encuentra debidamente fundada y motivada; empero, por lo que respecta a la acreditación de uso indebido de recursos públicos, la ponencia propone modificar la sentencia controvertida, pues la autoridad no se allegó de elementos necesarios para tener por debidamente justificada su decisión, en ese entendido, se propone que dicho apartado quede sin efectos”.