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Si se demuestra que un padre abandonó a su pareja bajo conocimiento de que estaba embarazada, tendrá que pagar una pensión retroactiva desde el nacimiento, resolvió la Suprema Corte.
MÉXICO, DF, 10 de septiembre de 2015.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los sujetos que hayan abandonado a su pareja bajo conocimiento de que estaba embarazada tendrán que pagar una pensión retroactiva desde el nacimiento.
La pensión que pagarán las personas que tienen hijos y no los han reconocido por años se establecerá de acuerdo a su situación económica, sin importar el tiempo transcurrido, pues el derecho de los hijos por recibir alimentos es imprescriptible, publica Milenio.
La resolución se tomó con tres votos a favor -de los ministros Olga Sánchez Cordero, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea- y dos en contra -de José Ramón Cossío Díaz y Jorge Mario Pardo Rebolledo-, derivado del amparo directo en revisión 5781/2014 de una madre que reclamó el derecho de pensión alimenticia para su hija de manera retroactiva desde su nacimiento.
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