Planea pareja un robo y fueron detenidos; ya están en prisión
Aseguró que no se encontraron violaciones al contrato colectivo del sindicato
QUERÉTARO, Qro., 20 de abril 2016.- El Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Querétaro, declaró improcedente el emplazamiento a huelga que interpuso el Sindicato de Trabajadores al Servicio del Municipio de Querétaro, informó su titular Ignacio Aguilar Ramírez.
Lo anterior, luego de que el 18 de abril Celestino Bermúdez Jiménez líder sindical indicara que en el documento presentado ante la autoridad laboral incluían dos peticiones, la primera que solicitaba la revocación de la concesión del servicio de recolección de basura; y la segunda que exigía el respeto a las condiciones y derechos laborales de los empleados.
El magistrado presidente explicó que las razones por las cuales dio el fallo de no a lugar de dicha solicitud es porque, el primero, es un punto no constitutivo de huelga, es decir, que no representa ninguna violación al contrato colectivo del sindicato, además de que el emplazamiento no acumuló la votación a favor de los dos terceras partes del quórum requerido.
«Digamos que el objeto de la huelga como en este caso es, lo que ellos querían, revocación de la concesión de la recolección de basura, eso no es un tema que propiamente se tenga que tratar a través de un estallamiento de huelga, es decir, no hay violaciones propias ni al convenio, ni tampoco se trata de condiciones salariales, ni violación reiterada a los derechos laborales», dijo Aguilar Ramírez.
Sin embargo, el funcionario detalló que si en el documento de emplazamiento se hubieran planteado diferentes violaciones al contrato colectivo producto de dicha concesión, se tendría que analizar el planteamiento para ver si se puede conceder a favor el estallamiento.