Mantendremos combate a privilegios para hacer justicia: Alejandro Armenta
CIUDAD DE MÉXICO., 18 de febrero de 2021.-En sesión privada, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocaron las medidas de “tutela inhibitoria” con las que el Instituto Nacional Electoral (INE) buscó que el presidente Andrés Manuel López Obrador y los 32 gobernadores se abstuvieran de opinar y eventualmente influir en las elecciones federales y locales.
El acuerdo del INE invalidado por los magistrados incluía una lista de al menos 10 tópicos sobre los que esos, campañas, alianzas, candidatos, financiamiento de los partidos, vida partidista, cargos de elección, etapas del proceso electoral, plataformas y estrategias electorales.
El 15 de enero pasado el Consejo General aprobó con voto dividido las medidas cautelares de tutela inhibitoria para resolver así una queja del PRD, promovida en diciembre, y en la que ese partido denunció al presidente López Obrador por realizar pronunciamientos de índole electoral al criticar a la coalición de PRI, PAN y PRD de manera reiterada.
A juicio de la mayoría del TEPJF el INE no debió emitir las medidas de tutela inhibitoria porque acreditar si las opiniones denunciadas son ilícitas corresponde a la Sala Especializada y a la Sala Superior del TEPJF y no al Instituto, que no puede realizar análisis del fondo de los casos, sino sólo emitir medidas cautelares basadas en un análisis preliminar y sólo ante el riesgo de una conducta ilícita.
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