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QUERÉTARO, Qro., 23 de septiembre de 2020.- La revisión que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) realizó a la reforma electoral del estado de Querétaro concluyó con que, del total de modificaciones impugnadas por Morena nacional, declaró inconstitucionales 7 preceptos, mientras que determinó validar 11, detalló la diputada morenista Fabiola Larrondo Montes.
A través de un comunicado indicó que de los invalidados destacó prohibir pintar propaganda electoral en propiedad privada, aún con el permiso del propietario; las modificaciones que se pretendían realizar al momento de registrar las coaliciones locales en las boletas electorales, pues no compete al ámbito estatal; y la determinación de eliminar los votos de los candidatos que no obtuvieron triunfo en distritos uninominales.
“De las acciones que nos parecen sumamente importantes, lo fue la de los requisitos para poder ser postulado para la gubernatura, pues se omitía el de haber nacido en la entidad federativa… El objetivo principal por el cual Morena promovió esta acción de inconstitucionalidad es buscando que existan las condiciones para lograr que se tenga una contienda justa para la próxima elección del 2021”.
Cabe recordar que el coordinador del PAN en el Congreso local, Miguel Ángel Torres Olguín, sostuvo que se analizaría si debería aplicarse una reforma anterior, ante la acción de inconstitucionalidad, pues afirmó que todo cambio debe efectuarse un año antes de las elecciones.