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MADRID, 7 JULIO 2017.- La Audiencia de Barcelona ha acordado sustituir la pena de 21 meses de cárcel impuesta al internacional argentino del FC Barcelona Lionel Messi, por tres delitos contra la Hacienda Pública, por una multa de 252.000 euros (unos 288.000 dólares).
En un auto de ejecución de sentencia, la Audiencia, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, sustituye las tres penas de siete meses de cárcel impuestas al astro argentino por una multa, por valor de 400 euros (455 dólares) por cada día de condena, lo que suma en total 252.000 euros, destaca EFE.
El tribunal también ha adoptado el mismo beneficio para el padre del futbolista, Jorge Horacio Messi, que fue condenado a 15 meses de cárcel, que ahora le ha quedado conmutada por una multa de 180.000 euros (205.000 dólares).
La sala justifica su decisión porque los Messi carecen de antecedentes penales y por su “esfuerzo reparador”, ya que han abonado la responsabilidad civil (21.338 euros, 24.300 dólares) y además han consignado la totalidad de la pena de multa, 2 millones de euros (2,3 de dólares) el futbolista y 1,3 (1,5) el padre. Ello les hace “acreedores de la concesión del beneficio de la sustitución de la pena de prisión por una multa”.
El Tribunal Supremo confirmó en mayo pasado la condena a 21 meses de cárcel por tres delitos fiscales que la Audiencia de Barcelona impuso al diez azulgrana, mientras que rebajó hasta 15 meses la pena de prisión para el padre, atendiendo a la reparación del daño.
Los Messi han sido condenados por tres delitos contra la Hacienda Pública por haber defraudado 4,1 millones de euros (4,7 de dólares) obtenidos de la explotación de los derechos de imagen del delantero, entre 2007 y 2009, mediante un entramado de sociedades interpuestas.
Tras la decisión del Supremo, los Messi solicitaron a la sección octava de la Audiencia de Barcelona que, en aplicación del código penal vigente en el momento de los hechos, sustituyera las penas privativas de libertad por una multa.
El ministerio fiscal aceptó sustituir la pena de cárcel por una multa, a condición de que se fijara una cuantía mínima de 400 euros al día debido al alto poder adquisitivo de los condenados.
Por el contrario, la Abogacía del Estado se opuso, al entender que lo procedente era suspender sólo la pena de cárcel durante un plazo y no la sustitución definitiva por una multa, porque si no se corría el riesgo de que quedara anulado el efecto de prevención general.
Sin embargo, el tribunal ha estimado la petición de la defensa y, tras remarcar que los beneficios de suspensión o sustitución de la pena son facultativos del tribunal sentenciador, ha decidido concederles la suspensión.
Para la sala, la imposición de una multa de 400 euros al día para sustituir la pena de cárcel -tanto para el padre como para el hijo- es “proporcionada al caso concreto”.
El tribunal advierte no obstante a los Messi de que en el supuesto de que incumplan en todo o en parte el pago de la multa se ejecutará la pena de prisión inicialmente impuesta, descontando el tiempo equivalente a las cuotas satisfechas.