Capacita Sesa a manejadores de alimentos de la Sierra Gorda
QUERÉTARO, Qro., 29 de junio de 2023.- La Secretaría de Salud (SESA) de Querétaro informa que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) actualiza y advierte a la población para no adquirir ni consumir los productos denominados como: “CHUPA PANZA” “SHUPANZA” y “Chupapanza”, que se promocionan como suplementos alimenticios (presentación de cápsulas, gotas y malteadas), cosméticos (gel), así como té o infusión, debido a que esos productos incumplen con lo establecido en la Legislación Sanitaria vigente.
En un comunicado se dio a conocer sobre la detección de los productos “CHUPA PANZA” “SHUPANZA” y “Chupapanza”, se publicitan de manera errónea y exagerada en las que se les atribuyen propiedades como son: auxiliares en la reducción de peso, tallas, colesterol y triglicéridos, además de atribuirles cualidades terapéuticas y rehabilitadoras.
Señalar que estos productos que se promocionan como suplementos alimenticios, incumplen con lo establecido en los artículos 171 y 173 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios.
Por otro lado, los promocionados como cosméticos infringen con lo establecido en los artículos 270 y 271 de la Ley General de Salud, los cuales indican que “los productos para adelgazar o engrosar partes del cuerpo o variar las proporciones del mismo así como aquellos destinados a los fines a que se refiere el artículo 269 de esta Ley; que contengan hormonas, vitaminas y, en general, substancias con acción terapéutica que se les atribuya esta acción, serán considerados medicamentos y deberán sujetarse a lo previsto en el Capítulo IV de este Título.”
Respecto de los promocionados como té o infusión, contravienen con lo establecido en los artículos 128, 129, 130, 131 y 132 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios. Por lo que, los productos “CHUPA PANZA” “SHUPANZA” y “Chupapanza” en sus diferentes presentaciones de cápsulas, soluciones, té, gel, malteada y cualquier otra, no deben ser comercializados, ya que no cumplen con la legislación sanitaria vigente, además de engañar con respecto a sus atribuciones, indicaciones y/o beneficios.
Resaltar que los ingredientes declarados en la etiqueta, de los suplementos alimenticios tales como: Ginkgo biloba (ginkgo), Eucalyptus globulus (eucalipto) y Cúrcuma longa (cúrcuma) no deben emplearse en su formulación de conformidad con lo establecido en la Farmacopea Herbolaria de los Estados Unidos Mexicanos.
El producto denominado “Chupapanza” gel termogénico, indica en su etiqueta el Bamitol, ingrediente clasificado como un medicamento de uso veterinario que es indicado en afecciones inflamatorias en animales. El producto “Tea CHUPA PANZA” señala como ingrediente Zingiber officinale (extracto fluido de raíz de jengibre) en su formulación, el cual tiene propiedades toxicológicas.
Adicionalmente, pueden contener ingredientes de origen natural y/o sintético en distintas proporciones que, en combinación, pueden tener efectos secundarios nocivos o interactuar con otros medicamentos; al desconocer las concentraciones, las condiciones sanitarias de las materias primas, el proceso de fabricación y almacenaje de los productos mencionados, su consumo representa un riesgo para la salud de quien los utiliza, ya que no cuentan con estudios que garanticen su seguridad, eficacia y calidad.
La publicidad de estos productos a través de internet, sitios web, plataformas de venta en línea, redes sociales, tiendas de auto servicio y distribuidores independientes, incumple con lo establecido en el artículo 6 fracción I del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de publicidad, debido a que les otorgan cualidades que no corresponden a su función o uso.
Por lo anterior, COFEPRIS recomienda a la población lo siguiente:
Finalmente, por tratarse de productos que no cumplen con la legislación sanitaria vigente, no deberán ser comercializados por ninguna vía, ni distribuidos por servicios de paquetería, mensajería nacional y/o internacional, ni ser publicitados en sitios web o en páginas de redes sociales de ninguna índole dentro del territorio nacional. De lo contrario, el que contravenga esta disposición, será acreedor a las sanciones administrativas que resulten procedentes