Itinerario Político
QUERÉTARO, Qro., 19 de febrero de 2014.- Después de que la Cámara de Diputados aprobara la disposición para que las personas que están unidas a otras del mismo sexo, puedan recibir los beneficios de salud del Seguro Social, el presidente de la Mesa Directiva del Congreso local, Braulio Guerra Urbiola, señaló que en el estado ya está legislado ese aspecto, pues está considerado en la Constitución local.
«A nivel estatal y nacional en materia de Derechos Humanos, entonces en materia de Derechos Humanos, esto ya está legislado en nuestra Constitución, que todas las personas, independientemente de su género y de su condición social son iguales ante la ley, eso lo dice ya nuestra Constitución y sobre ello no hay discusión, menos cuando México tiene suscritos tratados internacionales en la materia».
Puntualizó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió que de acuerdo a esos fundamentos de Derechos Humanos, que ya tiene la Constitución local, y que el año pasado se establecieron en el artículo 2 de nuestra Constitución, son el fundamento para la igualdad, y para que cualquier persona, indistintamente de su condición social, pueda ejercer el derecho de la defensa de sus prerrogativas humanas.
ARTÍCULO 1. El Estado de Querétaro es parte integrante de la Federación Mexicana, es libre y autónomo en lo que se refiere a su régimen interno y sólo delega sus facultades en los Poderes Federales, en todo aquello que fije expresamente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Son ley suprema en la entidad, las disposiciones que establezcan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales.
El sexto párrafo del artículo 2 de la Constitución del estado establece que:
Las autoridades del Estado salvaguardarán el régimen de los derechos y libertades de todas las personas, por el sólo hecho de encontrarse en el territorio estatal. Los derechos humanos no podrán ser limitados o restringidos; en su interpretación se resolverá siempre a favor del gobernado. (Ref. P. O. No. 47, 27-IX-13).
«Tendrían que proceder como lo hicieron en este caso la Corte, a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolviera, entonces cualquier tema que tiene que ver con ese tema específico, es con la Suprema Corte de Justicia(…) hay que leer bien el preámbulo de la Constitución federal y de la local y ahí van a encontrar mejores respuestas que las mías».