Critica Abigail Arredondo presupuesto de la 4T por recortes masivos
QUERÉTARO, Qro., 4 de agosto de 2015.- Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) determinaron dejar improcedentes las solicitudes de reconteo total en los distritos tercero y séptimo del estado de Querétaro, promovidos por los partidos Movimiento Ciudadano y Nueva Alianza, ya que, de acuerdo al colegiado, no se actualiza ninguno de los supuestos que exige la ley en cuestión de porcentajes o total de votos emitidos.
De acuerdo a los magistrados, la ley estipula un conteo total en caso de que la votación total entre el primero y el segundo lugar de la elección sea menor al uno por ciento de la votación total, o cuando el número de votos nulos supera el cinco por ciento de la votación total, por lo que el reconteo no es para que los partidos políticos conserven sus registros o lugares en los Congresos.