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MÉXICO, DF, 6 de octubre de 2014.- Los negocios que no entreguen la factura electrónica impresa a los contribuyentes que la soliciten y los remitan a las páginas de internet para obtenerla incurren en una práctica fiscal indebida, advirtió el Servicio de Administración Tributaria (SAT), informa Milenio.
Explicó que se han detectado prácticas poco claras en la emisión de facturas electrónicas, ya que es obligación del vendedor, proveedor o prestador del servicio emitirla directamente y no pedirle al causante que la descargue e, incluso, es indebido informar que tiene cierta vigencia bajarla de la página de internet del establecimiento.
El SAT publicó un aviso en su portal para que los contribuyentes estén advertidos de que es un práctica fiscal indebida que “a través de sus establecimientos, sucursales, puntos de venta o páginas electrónicas, en vez de cumplir con remitir el comprobante fiscal al SAT o al proveedor de certificación de comprobantes fiscales digitales por internet para su debida certificación, previamente a su expedición hacia el cliente, solo ponga a disposición del cliente una página electrónica o un medio por el cual lo invita a que éste, por su cuenta, proporcione sus datos para obtener el comprobante fiscal y no permitir en el mismo acto y lugar que el receptor proporcione sus datos para la generación de dicho comprobante en el propio establecimiento”.
Nota completa: http://www.milenio.com/negocios/SAT-comercios-obligados-entregar-impresas_0_385761436.html