Ratifican a Rutilio Escandón como consúl ante gritos de “¡corrupto!”
QUERÉTARO, Qro., 5 de marzo de 2021.- La sala regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia con la que el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) desechó la impugnación interpuesta por Alejandro Ochoa Valencia, ante el rechazó que el cabildo emitió para aprobarle su solicitud de licencia.
El TEEQ consideró que el acto se consumó de forma irreparable y que, además, el promovente se encuentra suspendido de sus derechos político electorales.
Si bien, el nombre del promovente se mantuvo de manera reservada en la resolución, cabe recordar que previamente se difundió de la solicitud de licencia que solicitó Ochoa Valencia a la presidencia municipal de Colón y que actualmente se encuentra en prisión preventiva, pues, se enfrenta a un proceso penal por presuntamente haber incurrido en los delitos de corrupción y tráfico de influencias.
Francisco Daniel Navarro Badilla, secretario general de acuerdos del TEPJF indicó que la propuesta indica que en la sentencia del TEEQ no se actualiza la causal de improcedencia a lo que se suma que en la normativa estatal no se estipula que los medios de impugnación presentados por personas en prisión preventiva deban ser desechados o sobreseídos.
Remarcó que ha sido criterio de la sala superior que cuando se trata de derechos políticos de personas privadas de la libertad de manera preventiva surge un deber reforzado para hacer posible el goce y disfrute de sus derechos políticos.