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MORELIA, Mich., 15 de marzo de 2026.- Poner los famosos diablitos, alterar los medidores o colgarse a la brava de los cables de la Comisión Federal de Electricidad no sólo puede ser peligroso, también amerita el corte sin ninguna explicación y hasta 10 años de cárcel.
Según el Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en su artículo 35, “El suministrador suspenderá el suministro, sin que se requiera para el efecto intervención de la autoridad, cuando: Se esté consumiendo energía eléctrica sin haber celebrado el contrato respectivo; y, se haya conectado un servicio sin la autorización del suministrador”, dice a la letra.
Pero no termina todo con quedarse sin luz en la vivienda, le siguen las consecuencias penales.
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