Abren 40 de los 80 establecimientos clausurados en Querétaro
QUERÉTARO, Qro., 17 de agosto de 2020.- En sesión pública celebrada el día de hoy 17 de agosto, el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) resolvió el juicio local de los derechos político-electorales identificado con la clave TEEQ-JLD23/2020, promovido contra la convocatoria emitida por el secretario general en funciones de presidente del Comité Ejecutivo Estatal de Morena.
El Pleno determinó reencauzar la demanda a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, por no haberse colmado el principio de definitividad, en razón de que la parte actora no agotó antes los medios de defensa intrapartidarios previstos en la normativa interna del partido.
Lo anterior, debido a que constitucional y legalmente los partidos políticos en ejercicio de su derecho a la auto-organización, tienen la potestad de establecer su propio régimen de organización al interior de su estructura, así como de implementar procedimientos o mecanismos que posibiliten la solución de sus conflictos internos.
Por lo que, si al interior de un partido existen medios para la solución de sus controversias, se deben agotar estos en primer lugar antes de presentar un medio de impugnación competencia de este órgano jurisdiccional.
En ese sentido y a efecto de garantizar el derecho de acceso a la justicia de la parte actora, así como de satisfacer el principio de definitividad, se resolvió remitir la demanda a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia −instancia partidaria− para que en plenitud de sus atribuciones resuelva lo que en Derecho proceda.