Cómo celebrar el Guadalupe-Reyes sin excederte ni arrepentirte
CIUDAD DE MÉXICO., 24 de octubre de 2017.- Tras un intenso debate, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resaltó que la manipulación de un padre de familia sobre su hijo, para generar un rechazo contra su mamá o viceversa, puede definirse como “alienación parental”, pero ésta no puede provocar, en automático, la pérdida de la patria potestad. Informa Excélsior.
Este martes, el pleno del máximo tribunal del país culminó el análisis de la acción de inconstitucionalidad 11/2016, donde se debatió sobre el concepto y definición de “alienación parental”, prevista en diversos artículos del Código Civil de Oaxaca.
De esta forma, algunos ministros expresaron que en la actualidad existe una situación ambigua respecto a la definición de la “alienación parental”, lo cual genera una notoria inseguridad jurídica y hubo quien argumentó que validar alguna de las definiciones podría resultas peligroso.
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