Anuncian primer foro estatal Lgbt+ de Querétaro
QUERÉTARO, Qro., 28 de abril. – La 60 Legislatura del estado reformó el artículo 440 del Código Civil del estado, para retirar la patria potestad a quien cometa o permita que se cometa contra niñas, niños y adolescentes abuso de índole sexual.
Con la modificación, el artículo 440, en su fracción 3, quedaría como sigue:
“Por las costumbres depravadas, malos tratamientos o abandono de deberes de quien ejerce la patria potestad, aun cuando esos hechos no cayeren bajo la sanción de la Ley Penal”.
Ya no resultará necesario esperar una resolución penal para retirar la patria potestad, ante el trabajo urbano marginal infantil.
Se sanciona la mendicidad y trabajo infantil.
En Querétaro se estima que el 7.8 % de quienes tienen entre 5 y 17 realizan actividades de trabajo no permitidas.
Querétaro es el sexto estado con menor porcentaje de trabajo infantil, la reforma crecerá la protección a los menores.
La fraccione 13 determina retirar la patria potestad a quien comete violencia sexual o permite que un tercero cometa dicha violencia.
La reforma a la fracción 14 establece que perderá la patria potestad quien obligue o cometa reiteradamente que la niña, el niño o adolescente ejerza reiteradamente actos de mendicidad forzada, trabajo infantil o cualquier otra actividad que ponga en riesgo su salud, le prive de su educación o afecte sus derechos y desarrollo, con el fin de obtener un beneficio o retribución económica.
Se adiciona al artículo que la pérdida de patria potestad únicamente se generará cuando resulte necesaria, idónea y razonable para la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.