Visión Financiera
Elección de juzgadores.
Quienes no están de acuerdo con la iniciativa sobre la reforma judicial, desde su
presentación cuestionaron la capacidad de votar de los mexicanos, pusieron en duda
que puedan distinguir entre un mal juzgador y otro que cumple con su
responsabilidad.
No es posible que los conozca, ha sido su repetida afirmación.
De entrada, pasan por alto que se haría una selección de aspirantes, de acuerdo con
sus perfiles, antes de llegar a la votación.
En el proceso de elección participarían candidatos y candidatas calificadas, con
experiencia y grados académicos.
¿Todos y todas serían conocidos para el pueblo?
Muchos sí, el pueblo los ha padecido, no es casual que se diga que hay mucha gente
inocente en prisiones.
¿Y a qué se debe?
A juzgadores que carecen de ética, que responden a consignas, venganzas y
condenan con parcialidad, sin importarles que sus malas resoluciones destrocen
patrimonios, familias y reputaciones.
No es el caso de todos, se entiende y acepta que hay juzgadores que cumplen su
misión, nada más que no ha sido suficiente, por eso el reclamo de la sociedad por
renovar al poder judicial.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá no tuvo que esperar mucho
después de subestimar el voto del pueblo, pronto recibió respuesta del diputado
Gerardo Fernández Noroña.
Ahora resulta que el pueblo sabe elegir a los poderes ejecutivo y legislativo, pero no al
judicial, argumentó Noroña.
El propio ministro tuvo que reconocer que su valoración no era acertada y optó por
ajustarla.
Claro que el pueblo ha sabido elegir a integrantes de los distintos poderes, en
particular del legislativo y ejecutivo. En el caso de los miembros del poder judicial, ha
sido distinto, por los procedimientos elitistas establecidos para el nombramiento de
juzgadores.
Ejemplos de actos indebidos de juzgadores:
-Juez Eduardo Torres Carrillo: en 2012 violó el artículo 19 de la Constitución al no
resolver en 72 horas la situación jurídica de un detenido. Al prolongarse el tiempo, en
este lapso el afectado fue torturado. El juez no fue ni amonestado, en su lugar lo
ascendieron a magistrado.
-Ministro Luis María Aguilar: justificó y exoneró al juez de haber violado el artículo 19
de la Constitución.
-Magistrados Lilia Mónica López Benítez y Jorge Fermín Rivera: reabrieron un
proceso que ya había causado ejecutoria, existía resolución de inocencia irrevocable
en favor del procesado. La magistrada fue incorporada al Consejo de la Judicatura
Federal y el magistrado se jubiló.
-Magistrada Graciela Guadalupe Rodríguez Escobar: resolvió dar por terminado un
proceso penal y ordenar la reclusión del sentenciado cuando ya estaba en trámite
recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La magistrada
tuvo que rectificar, sin que para nada fuera llamada a cuentas por el Consejo de la
Judicatura.
-Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá: a pesar de que por meses le
solicitaron el derecho de audiencia, nunca lo concedió y presentó proyecto de
resolución para desechar recurso de revisión y dejar firme sentencia en contra del
afectado.
Son nombres de juzgadores que cuando llegue el proceso de votación deberán de ser
analizados, por si resulta que no son los únicos actos en los que actuaron de manera
indebida.
Todos y todas las aspirantes a juzgadoras estarán bajo el escrutinio del pueblo.
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