
Supervisa CEI conservación en carreteras por lluvias
QUERÉTARO, Qro., 21 de abril de 2025.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó analizar a fondo la Ley que Regula la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Querétaro, al considerar que no existen violaciones graves a derechos humanos. El proyecto, presentado por la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, determinó que los artículos impugnados requieren una motivación ordinaria y no una revisión estricta bajo categorías sospechosas como raza, género u orientación sexual.
La ley, reformada por el Congreso de Querétaro en abril de 2024, permite limitar el servicio de agua a usuarios industriales y comerciales tras dos meses de impago, pero garantiza un mínimo de 50 litros diarios por persona para necesidades básicas. El gobierno federal impugnó la ley al considerar que transgrede el derecho humano al agua, pero la Corte resolvió que estas disposiciones son constitucionales y no representan una restricción al acceso al recurso vital.
El pleno aprobó el proyecto por unanimidad con ocho votos a favor, aunque algunos ministros expresaron reservas. La ministra Loretta Ortiz Ahlf, por ejemplo, criticó la ausencia de mecanismos accesibles para que personas en situación vulnerable soliciten un aumento en el suministro. Aun así, la SCJN respaldó que la Legislatura local actuó dentro de sus facultades constitucionales para legislar sobre servicios públicos municipales.