Un vecino distante, desconfiado y colérico nos vigila
Federico Berrueto
El INE declinó a su condición de autoridad al momento mismo que dio luz verde al proceso de Morena y aliados para elegir candidato presidencial. Con ello obliga a la oposición a dar pasos en el mismo sentido. La captura del INE es una realidad; la ley deja de ser la ley y la decisión de quien dejó de ser autoridad lleva a que el conjunto de los partidos se arroje a la ilegalidad en la disputa por el poder, salvo que el Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal ponga en orden las cosas, como lo ha hecho la Corte por el inconstitucional desempeño del Poder Legislativo.
La Comisión de Quejas y Denuncias aprobó por unanimidad legalizar la decisión del presidente de anticipar los tiempos para que los suyos procedieran a las actividades conducentes a la selección de candidato presidencial, con una serie de determinaciones inocuas para que no constituyan actos de campaña -que sí son- y el proceso no es un mero asunto partidista, es para elegir candidato presidencial, de eso no hay duda.
El INE debió resolver sobre si era legal adelantar el proceso de selección de candidato, sí o no. No buscar cómo anticiparlo sin que eso parezca ser precampaña. Tan es así que en una de sus resoluciones establece que deben ajustarse a la normatividad en materia de financiamiento, y no hay otra que aquella que se refiere a la regulación de gasto electoral en pre-campañas, tema por el que dos candidatos a gobernador de Morena perdieron registro.
Una parte importante de la sociedad civil se movilizó para evitar la captura del INE por López Obrador. Primero él pretendió hacerlo con una iniciativa de reforma constitucional de amplios alcances. Ante el rechazo, en la Cámara de Diputados se dio curso a una reforma ordinaria a manera de lograr la mayoría legislativa con el voto de los legisladores de Morena y aliados, en condiciones de una doble inconstitucionalidad: la forma en la que se realizó el proceso legislativo y el contenido de la reforma. La Corte resolvió la inconstitucionalidad de la primera parte con base en la irregularidad del proceso legislativo, falta más evidente en la manera como se aprobó en el Senado la segunda parte de la reforma. De cualquier modo, toda reforma promulgada después del 1º de junio no tenía aplicación para la elección de 2024, aunque ya circula el proyecto de sentencia del ministro Laynez en el que declara la inconstitucionalidad.
El plan C consistió en aprovechar la renovación de consejeros electorales para erigir un nuevo equilibrio en el INE funcional al presidente y su estrategia sucesoria. Los resultados muestran que tuvo éxito. El INE con Guadalupe Taddei es una instancia ausente y, por lo mismo, funcional al poder gubernamental, como muestra la aprobación por unanimidad de la Comisión de Quejas y Denuncias.
Corresponde ahora al Tribunal Electoral reestablecer la legalidad y tener que reconvenir al INE para que cumpla su responsabilidad de hacer valer la ley, situación complicada porque no es lo mismo ratificar una decisión del INE que tener que declarar la ilegalidad de su actuación. El proceso para seleccionar candidato por Morena es ilegal porque debió darse entre este próximo diciembre y enero, y su duración no debe ser mayor de dos meses.
De no hacer valer la ley por parte del Tribunal Electoral y obligar al INE para que actúe en su condición de árbitro, abre la puerta a que la contienda por el poder tenga lugar a partir de la simulación y el fraude a la ley. Sucede a la vista, obvio y convalidado por la opinión pública nacional como acto de selección de candidato presidencial, mucho más ocurrirá en acciones ilegales a lo largo de los meses hasta el término de la contienda. Esto no guarda precedente; se necesita una determinación judicial que someta a la constitucionalidad tanto al INE como a los actores de la política.
La resolución del Tribunal deberá tener lugar a la brevedad a fin de evitar que el resto de los partidos adelanten sus propios procesos, los que harían lo propio a manera de revertir una desventaja, una forma de inequidad resuelta por la ley, que el INE, con su omisión cómplice, vuelve nugatoria.