En Huimilpan ‘hay gallo’: Luis Nava
QUERÉTARO, Qro., 10 de julio de 2025.- La reciente aprobación de la iniciativa para incluir el delito de amenazas en el Código Penal del Estado de Querétaro ha planteado sus ventajas y desventajas jurídicas, sociales y operativas.
Si bien la medida ha sido presentada como una herramienta para mejorar la protección ciudadana y prevenir delitos de mayor gravedad, también se señalan posibles riesgos en su implementación.
Entre las ventajas, se encuentra la posibilidad de intervenir de manera temprana en contextos de riesgo antes de que escalen a delitos como feminicidio, homicidio o violencia familiar.
Asimismo, se subraya que esta figura legal permitirá ofrecer mayor respaldo jurídico a víctimas de amenazas, en particular mujeres, activistas, periodistas y menores de edad, quienes ahora contarán con canales formales de denuncia y protección.
Otro de los puntos a favor es la homologación legislativa. Hasta ahora, Querétaro y el Estado de México eran las únicas entidades del país sin este delito tipificado.
Con la reforma al artículo 155 del Código Penal, se facilita la coordinación con otras fiscalías y tribunales en procesos relacionados con amenazas.
Además, la reforma contempla la posibilidad de que las autoridades actúen de oficio, sin necesidad de que la víctima presente denuncia formal, lo que podría contribuir a reducir la impunidad.
La iniciativa también establece sanciones claras: de cuatro a ocho años de prisión, trabajos comunitarios por hasta 12 meses y multas de entre 400 y 600 días, lo cual busca enviar un mensaje disuasivo a potenciales agresores y establecer criterios uniformes de castigo.
Sin embargo, de los principales es la ambigüedad en la definición de lo que constituye una amenaza, lo que podría dar pie a interpretaciones arbitrarias o excesivas, afectando la seguridad jurídica de los ciudadanos.
Además, la inclusión de este delito podría generar una sobrecarga en el sistema judicial, al aumentar el número de denuncias y procesos penales, lo cual pondría presión sobre juzgados, fiscalías y cuerpos policiales, especialmente si no se acompaña de una inversión adecuada en recursos humanos y capacitación.
Otro punto de preocupación es el impacto en la libertad de expresión. Sin lineamientos claros, existe el riesgo de que críticas fuertes o expresiones incómodas puedan ser catalogadas como amenazas, lo que afectaría el derecho al disenso, especialmente en ámbitos como el periodismo y la participación ciudadana.
También se advierte que la iniciativa adopta un enfoque más punitivo que preventivo. Al centrarse en la sanción posterior al hecho, podría descuidar estrategias de prevención y atención integral que aborden las causas estructurales de la violencia y promuevan la resolución pacífica de conflictos.
Es por eso que la inclusión del delito de amenazas en el Código Penal representa un avance en términos de protección ciudadana y coordinación jurídica, pero requerirá una implementación cuidadosa. Será necesario definir con precisión su alcance, capacitar a operadores del sistema de justicia y garantizar que no se vulneren derechos fundamentales como la libertad de expresión, para que esta herramienta legal realmente fortalezca la seguridad y la justicia en Querétaro.
La iniciativa fue aprobada este jueves por el Congreso de Querétaro, y fue propuesta originalmente por el diputado local de Movimiento Ciudadano, Paul Ospital, quien destacó el propósito original de prevenir delitos mayores como feminicidio, homicidio y violencia familiar, además de proteger la libertad y tranquilidad de las personas.