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QUERÉTARO, Qro., 28 de mayo de 2018.- El presidente de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), José Antonio Ortega Cerbón, informó que en el año se encuentran 15 procesos en trámite por el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, como es el pago de la pensión alimenticia.
«Este delito se persigue por querella, quiere decir a petición de la parte ofendida, y generalmente siempre es un conflicto entre el papá y la mamá (…) aquí es una cuestión multifactorial, unas es por falta de trabajo, otra es por desobligados, otra es porque tienen pleito con la mamá y se están peleando los hijos, otra porque ya tienen otras relaciones ‘porque voy a dar si tu ya vives con otro'», acotó.
Detalló que 11 corresponden al pasado anterior sistema tradicional y cuatro al nuevo sistema de justicia penal acusatorio; reportó que en ningún caso el padre de familia está en prisión preventiva, pero pueden perder la patria potestad de su hijo o hijos.
Agregó que los 11 casos del sistema tradicional se encuentran en libertad bajo caución, es decir, pagaron una fianza para salir en libertad.
Y respecto a los cuatro casos del nuevo sistema, reveló que se encuentran en libertad, pero se les determinaron las medidas cautelares de realizar una presentación periódica y no salir del estado.
«Entonces ninguno está en prisión preventiva detenido», apuntó.
Explicó que con el nuevo sistema de justicia penal se busca que, a través del Medidas Alternativas de Solución en la Controversia del Conflicto, el papá y la mamá lleguen a un acuerdo, antes de irse a juicio, el cual puede durar hasta un año con el anterior sistema y seis meses con el nuevo.
«Si pasa un mes, si pasan 15 días, si pasa un año, están en condiciones de ir a denunciar, a presentar su querella para que se lleve a cabo la investigación de este delito», recalcó.
Ortega Cerbón, reportó que de acuerdo con el Código Penal del Estado de Querétaro, el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar se sanciona con uno a cinco años de prisión.
Sin embargo, aclaró que debido al quantum de la pena, existe la posibilidad de que obtengan un beneficio sustitutivo de la pena de prisión, los cuales consisten en la conmutación, es decir, cambiar la pena de prisión por otra distinta; en la suspensión condicional; o pagar todas las pensiones que dejó de suministrar y garantizar el pago del resto.
«Generalmente siempre la conmutamos por multa o por dinero», añadió.
No obstante, enfatizó que eso sería siempre y cuando no haya sido condenado con anterioridad al delito, que haya pagado la reparación del daño, que tenga un modo honesto de vivir, y algunos otros requisitos que contempla la ley.
«Si se trata de un sujeto reincidente en el tema de incumplir ya es prisión y se le niega beneficio», resaltó.
El presidente de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), aclaró que en los casos donde los padres de familia han sido sentenciados y se encuentran en prisión no pagan pensión alimenticia, al tener la imposibilidad de trabajar.
Aunado a ello, también resaltó que aún cuando el papá o la mamá tengan otra pareja, la otra parte no se puede desobligar de dar pensión alimenticia, esto solo por hecho de ser su hijo, respaldado jurídicamente con el acta de nacimiento o de adopción.