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CIUDAD DE MÉXICO, 25 de julio de 2019.- El Pleno de la Cámara de Diputados avaló en lo general y particular en los artículos no reservados, con 420 votos a favor, 10 en contra y nueve abstenciones, el dictamen de la minuta que expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio que es parte de la legislación secundaria del artículo 22 constitucional, la cual tiene como objetivo regular esta figura en favor del Estado para que éste sea el encargado de administrar los bienes incautados por hechos delictivos.
De acuerdo al documento, la Ley establece los mecanismos para que las autoridades administren y moneticen los bienes sujetos al proceso de extinción de dominio, incluidos sus productos, rendimientos, frutos y accesorios.
Asimismo, se amplía el catálogo de delitos o conductas delictivas por lo que serán susceptibles de extinción de dominio: el secuestro; delincuencia organizada; los cometidos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos; contra la salud; trata de personas; por hechos de corrupción; encubrimiento; los perpetrados por servidores públicos; robo de vehículos; recursos de procedencia ilícita, y extorsión.
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