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Anuncia Felifer obra de rehabilitación en Loma Bonita
QUERÉTARO, Qro., 21 de noviembre de 2017.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal un predio ubicado en el Municipio de Querétaro, donde se llevaban a cabo actividades de remoción de vegetación forestal sin las autorizaciones federales emitidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Derivado de una denuncia ciudadana, se reportaba la remoción de vegetación en un predio ubicado en la zona metropolitana de la capital, por esta razón, personal de PROFEPA en la entidad se dio a la tarea de realizar las investigaciones necesarias, y llevar a cabo las acciones pertinentes para ejecutar la visita de inspección.
Durante la investigación, se practicaron visitas de inspección en las materias de impacto ambiental y forestal por cambio de uso de suelo en terrenos forestales; en las cuales los inspectores constataron los hechos denunciados al detectar que se llevaba a cabo la remoción de vegetación forestal característica de matorral xerófilo, afectando una superficie de 23,000 metros cuadrados y en donde, a decir del inspeccionado, se pretenden construir tres torres de 22 pisos cada una que albergarán en total 246 departamentos.
Al momento de las diligencias, los inspectores solicitaron al visitado exhibiera las autorizaciones expedidas por SEMARNAT en las materias de impacto ambiental y cambio de uso de suelo en terrenos forestales para llevar a cabo las actividades de remoción detectadas, mismas que no fueron presentadas, por lo que se procedió a imponer como medida de seguridad la Clausura Total Temporal del predio inspeccionado.
La sanción por el cambio de uso de suelo, sin contar con la autorización correspondiente, puede alcanzar una multa por el equivalente de 100 a 20 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), mientras que en materia de impacto ambiental el responsable podría hacerse acreedor a una multa equivalente de 30 hasta 50 mil Unidades de Medida y Actualización.
De acuerdo al Código Penal Federal en su artículo 418 establece una pena de 6 meses a 9 años de prisión, a quien desmonte o destruya la vegetación natural, corte, arranque, derribe o tale algún o algunos árboles o cambie el uso del suelo forestal.