Aprueba el Senado sancionar el ciberacoso y la violencia digital
CIUDAD DE MÉXICO. 1 de febrero de 2022.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) removió del cargo de Consejera Presidenta y de Consejero del Instituto Electoral del Estado de Hidalgo a Guillermina Vázquez Benítez y a Francisco Martínez Ballesteros, respectivamente, por vulnerar los principios de certeza y máxima publicidad durante las elecciones celebradas en octubre de 2020 en la etapa de resultados electorales.
La sanción se da debido a que durante el proceso electoral de 2020 existieron fallas en el Programa de Resultados Electorales (PREP) que no se corrigieron a tiempo y, en consecuencia, se utilizó una herramienta informática distinta que no fue avalada por el INE como mecanismo para dar a conocer los resultados preliminares conforme lo ordena la Constitución, la legislación electoral y el Reglamento de Elecciones, lo cual vulneró la certeza de los resultados electorales, un principio al que están obligadas las autoridades electorales locales.
Respecto a otras dos consejerías denunciadas, el proyecto se declaró infundado, al determinar que no se contaba con elementos probatorios que constataran que las y los consejeros que no integraban la Comisión Especial del PREP en Hidalgo, tuvieran pleno conocimiento de las problemáticas que enfrentaba el desarrollo de implementación de este programa.
La Consejera Dania Ravel, presidenta de la Comisión de Vinculación con Organismos Públicos Locales (OPL), afirmó que a las dos personas sancionadas les correspondía la coordinación jurídica de la implementación y operación del PREP, además de vigilar la observancia en las bases y los procedimientos generales establecidos para la implementación y operación de dicho programa.
Destacó que las personas integrantes de la Comisión eran quienes estaban directamente obligadas a darle seguimiento y atención adecuada al PREP.
Ravel añadió que, si bien las dos personas sancionadas se constituyen como principales responsables, “me parece que el resto de integrantes del colegiado no está exento de responsabilidad, aunque no en la misma magnitud, pues como miembros del colegiado tienen el deber de vigilancia del correcto funcionamiento de las diversas áreas del OPL, entre las cuales se encuentra la Unidad Técnica de Informática que fungía como Secretaría Técnica de dicha Comisión”.
Por su parte, la Consejera Carla Humphrey se pronunció por remover a dos consejerías más, Miriam Saray Pacheco Martínez y Christian Uziel García Reyes, que si bien no formaban parte de la Comisión, sí fueron integrantes del órgano que aprobó diversas determinaciones.
“Las otras dos consejerías comparten, en partes iguales, la responsabilidad. No es correcto tratarlos de manera diferente sólo por no haber formado parte de la Comisión Especial del PREP, esto es así porque forman parte del pleno del máximo órgano de dirección de ese Organismo Público Local, por supuesto, del Consejo General y tienen idénticas responsabilidades y deberes, de estar informados e informadas de los asuntos institucionales en general”.
Esta propuesta fue acompañada por la Consejera Claudia Zavala, quien añadió que las y los consejeros electorales tienen el deber de dar un seguimiento puntual a los actos y a las actuaciones que se llevan a cabo en las diferentes comisiones, en las cuales se divide el trabajo para efectos de cumplir con sus responsabilidades.
“Una de las premisas fundamentales es que no se les hizo del conocimiento o no se les invitó, precisando las fechas, los horarios y los lugares para el tema de los simulacros. No considero que sea una razón suficiente para deslindar de responsabilidad, el hecho de que no se les haya invitado, porque, ¿cuál es lo ordinario? Las y los consejeros nos reunimos cotidianamente en reuniones de trabajo, vemos los temas que se están tratando”, mencionó.
Por su parte, el Consejero Martín Faz hizo un llamado al Tribunal Electoral y al Poder Legislativo para que se reflexione sobre la viabilidad de que el Consejo General del INE pueda imponer un rango de sanciones que vaya acorde a la gravedad de los incumplimientos y las violaciones a las reglas electorales perpetradas por parte de consejeros y consejeras de los Órganos Públicos Locales Electorales, ya que la única sanción posible es la remoción.
Consideró que tales faltas no son equiparables a las de aquellos consejeros que no integraban la Comisión Especial del Programa de Resultados Electorales Preliminares del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, pues, como se señala en el proyecto, la Presidenta y el consejero electoral aquí sancionados no sólo nos los convocaron a los simulacros, sino que ocultaron información respecto de los problemas de implementación del PREP al resto de los integrantes del Consejo de ese Instituto.
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