Con el Tren Maya terminó el periodo neoliberal: Sheinbaum
QUERÉTARO, Qro., 5 de diciembre 2019.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación rechazó la solicitud de revisión e inconformidad del proceso de destitución de su cargo como dirigente del PRI del regidor Juan José Ruiz, presuntamente por negarse a la realización de auditorías por parte del CEN, y al encontrar presuntas irregularidades.
Por este hecho, incluso, fue nombrado en sustitución provisional Jorge Meade en tanto se convoca a elecciones al 2021.
El magistrado presidente Alfredo Fuentes Barrera, incluso, en el resolutivo emitido este miércoles, consideró improcedente la queja interpuesta por Ruiz por no agotar la instancia intrapartidista.
“La Sala Superior estima que el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano es improcedente, porque no se colma el principio de definitividad, ya que el promovente omitió agotar la instancia intrapartidista (…) y sólo después de agotar dichos medios estarán en condición jurídica de presentar un juicio para la protección de los derechos políticoelectorales del ciudadano de la competencia de este tribunal”.
En el expediente SUP-JDC-1840/2019 promovido por el regidor Juan José Ruiz, quien se ostentó como militante del PRI e integrante del Consejo Político Nacional, por ser Presidente del Consejo Político Estatal y del Comité Directivo Estatal, destacan dos actos impugnados:
Dictamen de la Secretaría Jurídica y de Transparencia (Primer acto impugnado). El dieciocho de noviembre del año en curso, la Secretaría Jurídica y de Transparencia del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional, por medio de su Subsecretario, emitió el dictamen relativo al procedimiento de remoción del Presidente del Comité Directivo Estatal en Querétaro en el sentido de declarar fundado el procedimiento y ordenar remitir dicho 3 SUP-JDC-1840/2019 dictamen al Comité Ejecutivo Nacional para que resuelva lo conducente.
Además del Acuerdo de remoción (Segundo acto impugnado). El diecinueve de noviembre siguiente, el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional aprobó el dictamen referido en el numeral anterior, tuvo por acreditada la existencia de irregularidades cometidas por Juan José Ruíz Rodríguez como Presidente del Comité Directivo Estatal en Querétaro y ordenó su remoción de dicho cargo.
Por este hecho, ya notificó a la diputada Abigail Arredondo así como a Héctor González Flores, como parte de los interesados en el proceso jurídico, donde además se le pide a Ruiz que acuda a la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional, la cual es competente para conocer y resolver el presente medio de impugnación, a través del juicio para la protección de los derechos partidarios del militante, que debe resolver en un plazo de 72 horas.