Declara Corte inconstitucional la prisión perpetua
QUERÉTARO, Qro., 7 de diciembre de 2023.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la Ley Electoral del Estado de Querétaro aprobada en meses anteriores, por lo que tiene una invalidez total.
«Se da lugar a la reviviscencia hasta terminando el Proceso Electoral. La declaratoria de validez es a partir de la notificación de los puntos resolutivos. Norma Piña solicita atender conceptos de consulta. En caso de se quiera volver a legislar, cumpla con las obligaciones para realizar consultas. (71/2023 por disposiciones de pueblos y comunidades indígenas para que el legislativo vuelva a realizar consultas)».
Entre los temas, Ley electoral contemplaba cambio de fecha del inicio del Proceso Electoral Local 2023-2024 a la tercera semana de noviembre del presente año, el Sistema Estatal de Registro en Línea para candidaturas, la adopción de un criterio poblacional en materia de paridad, el incremento del financiamiento púbico para impulsar el liderazgo político de las mujeres, la incorporación de nuevos requisitos de elegibilidad, el voto de las personas en prisión preventiva, entre otras.
Un grupo de mujeres de Morena presentó la acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la reforma aprobada a Ley Electoral del Estado de Querétaro, toda vez que aseguraron, no garantiza la participación de la mujer ante el Proceso Electoral 2023-2024, pero sí al PAN, la llegada de los hombres de manera cómoda, fácil y segura.
Así mismo señalaron que la legislatura fue omisa en analizar y dictaminar las dos iniciativas presentadas por Morena el 17 de mayo; en la iniciativa identificada con el número 328 relativo a reformar y degorar diversas disposiciones en materia de inclusión y de grupos de atención prioritaria, las comisiones de gobernación y asuntos electorales, así como el pleno, omitieron pronunciarse; y se cuestiona la convocatoria de consulta.
La SCJN invalidó la disposición donde se preveía la cancelación de la acreditación de los representantes de los partidos políticos que no obtuvieran o perdieran el registro de sus candidaturas, al considerar que resultaba contraria al principio de certeza electoral y la seguridad jurídica, además de afectar la participación de los partidos políticos en el proceso electoral.