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QUERÉTARO, Qro., 12 de enero de 2022.- El Consejo General determinó declarar desierto el proceso de selección y designación de la Consejera o Consejero Presidente del Organismo Público Local (OPL) de Querétaro, luego de realizar una nueva valoración ordenada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Al presentar el proyecto, la Consejera Dania Ravel, presidenta de la Comisión de Vinculación con Organismos Públicos Locales, explicó que, al revocar la designación de Teresita Adriana Sánchez Núñez por considerar el incumplimiento de residencia efectiva, se procedió a analizar los dos perfiles de mujeres restantes que accedieron a la última etapa del proceso, los cuales no resultaron idóneos para ocupar el cargo.
La Consejera Ravel mencionó que, al determinar dicho incumplimiento, la Sala Superior no consideró aplicable la hipótesis contenida en el artículo 11 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro que establece que no se perderá la residencia cuando la persona se traslade a residir a otro lugar para desempeñar un cargo de elección popular, una comisión oficial no permanente o con motivo de estudios, actividades científicas, técnicas, artísticas y de trabajo cuando éstas no implican la intención de radicarse en el lugar en que se desempeñen.
“La determinación del Tribunal no hace una interpretación integral y pro persona de todos los dispositivos vigentes, incluso se desapega de la jurisprudencia 27/2015, en la que se señala que la residencia efectiva no debe subordinarse a elementos formales”, manifestó.
La Consejera Carla Humphrey señaló que, si bien ella no había avalado la propuesta para la presidencia del OPL de Querétaro, la Sala, aplicando la alternancia para cumplir con la paridad, determinó que la presidencia debía ser ocupada por una mujer de entre las que habían llegado a la última etapa. Sin embargo, dos mujeres se encontraban en estas condiciones, pero no cubrían los requerimientos para ocupar ese espacio por lo que se declaró desierta la convocatoria.
Consejeras y consejeros rechazan persecución penal
La sentencia de la Sala Superior establece: …Debido a que la parte recurrente alcanzó su pretensión, deviene innecesario el estudio de los planteamientos relativos a la falta de probidad de Teresita Adriana Sánchez Núñez, por la presunta presentación de datos falsos para la obtención en forma indebida de la constancia de residencia emitida por el secretario del Ayuntamiento de Querétaro.
Por ello, al estar en la narrativa del debate la falta de probidad por parte de la participante, las y los consejeros expresaron su desaprobación al ataque sistematizado por parte de medios de comunicación y rechazaron que la aspirante no hubiera actuado con integridad, ya que en todo momento ella hizo visible las constancias y documentales con las que contaba para acreditar que tenía un vínculo con la entidad.
En este mismo contexto las y los consejeros reprocharon la persecución penal que se inició en contra de Sánchez Núñez.