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CIUDAD DE MÉXICO, 11 de julio de 2020.- Las comisiones unidas de Administración y Procuración de Justicia y la de Igualdad de Género del Congreso capitalino aprobaron el dictamen en materia de tipificación a los contratos, tratamientos, terapias, servicios, tareas o actividades que pretendan corregir la orientación sexual e identidad o expresión de género y que atenten contra la libre autodeterminación de las personas en la Ciudad de México, llamadas terapias de conversión.
Con las observaciones y propuestas de diputadas y diputados también se estableció que a quien imparta u obligue a otro a recibir una terapia de conversión se le impondrán de dos a cinco años de prisión y de 50 a 100 horas de trabajo en favor de la comunidad. Incluso este delito se perseguirá por querella.
Si la terapia de conversión se hiciere en un menor de 18 años de edad o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o persona que no tenga la capacidad de resistir la conducta, la pena se aumentará en una mitad y se perseguirá por oficio.
El diputado Temístocles Villanueva Ramos, presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso local, fue quien impulsó la iniciativa de reformas, en septiembre del año 2018 y que hoy aprobaron las comisiones unidas.
En la sesión remota de este viernes, el presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, diputado Eduardo Santillán Pérez, explicó que un derecho humano es el derecho sexual y reproductivo, y dentro de éstos se encuentra determinar libremente la orientación sexual e identidad de género.
“Es un tema de los más complejos que ha requerido de un análisis profundo para garantizar en el Código Penal que no se atente contra el libre desarrollo de las personas”.
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