Incrementa 77% la solicitud de adopciones en Querétaro en 2024
QUERÉTARO, Qro., 27 de agosto 2020.- La dependencia invita a personas físicas y morales con actividad empresarial en la entidad a participar en la convocatoria 2020 del Programa de Fomento Industrial y Generación de Empleo (PROFIGE), cuyo objetivo es apoyar a centros de trabajo de los sectores industrial, comercio y de servicios afectados por la emergencia sanitaria de COVID-19.
Podrán participar los siguientes casos: 1) que cuenten con una plantilla de entre 10 y 250 empleados registrados en el IMSS, delegación Querétaro; 2) que hayan conservado a su personal en el periodo de marzo a junio de 2020, o bien se encuentren contratando personal a partir de junio de 2020, y 3) que cuenten con centros de trabajo establecidos en el estado con al menos cinco años de antigüedad.
El procedimiento a seguir consta de seis pasos: 1) el interesado deberá generar un usuario dentro de la plataforma que para tal efecto se habilite en el sitio http://sedesu2.queretaro.gob.mx/reactivacioneconomica; 2) una vez completado el registro en línea se generará un folio, mismo que se enviará al correo electrónico registrado por el interesado; 3) teniendo el registro de la solicitud, la Dirección de Fomento Industrial revisará la información y notificará vía correo electrónico el resultado de la revisión de los datos del registro y de los documentos anexos.
4) Concluida la revisión, la Dirección de Fomento Industrial presentará dichas solicitudes al Comité de Evaluación para su análisis y, en su caso, aprobación; 5) una vez aprobadas las solicitudes, se notificará del fallo a través de la plataforma electrónica o correo electrónico; 6) se gestionará la entrega del apoyo como reembolso a las facturas emitidas por el beneficiario mediante depósito al número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).
Además de llenar la solicitud en el portal, los interesados deberán anexar en formato pdf los siguientes documentos: a) identificación oficial vigente; b) constancia de situación fiscal; c) acta constitutiva inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (para personas morales); d) poder del representante o apoderado legal; e) copia de identificación oficial vigente del representante o apoderado legal (para personas morales); f) comprobante de domicilio vigente, con una antigüedad no mayor a tres meses; g) en caso de actuar por medio de representante o apoderado, deberá acreditarse mediante carta poder.
Igualmente, h) tarjeta de identificación patronal inscrita en el IMSS; i) resolución a la solicitud de Auto evaluación del Protocolo de Seguridad Sanitaria emitida por el IMSS; j) carátula del estado de cuenta bancario, en donde se visualice la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE); k) licencia municipal de funcionamiento vigente; l) SUA cédula de determinación de cuotas obrero patronales correspondiente al primer Bimestre de 2020; m) SUA Cédula de determinación de cuotas obrero patronales correspondiente al tercer Bimestre de 2020.