Líneas Quadratín
Segunda transformación
La segunda etapa de la vida nacional, la más conflictiva tal vez,
tiene como eje al michoacano Melchor Ocampo, diputado al Congreso
local, gobernador de la entidad en dos ocasiones, senador, ministro
(secretario) de Hacienda, canciller y regente (rector) de la actual
Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH).
Melchor Ocampo “se anticipó al movimiento reformista del presidente
Juárez” según se desprende del siguiente ideario:
· Difusión y popularización de la instrucción (educación pública)
· Disminución del poder eclesiástico.
· Separación de la Iglesia y del Estado.
· Libertad de enseñanza y de culto.
· Desamortización de los bienes del clero.
El credo liberal de Ocampo, el héroe de la Reforma (1814-1861) “fue
uno de los mas puros de la época”.
Al originario de Pateo, una hacienda perteneciente al municipio de
Maravatío, se le atribuye la redacción de las importantísimas Leyes de
Reforma (1859) con el fin de separar, como decíamos, a la Iglesia del
Estado.
Huérfano de padres, abogado y filósofo de formación en México y en la
Academia de Ciencias de Paris, rivalizó en ideas con su amigo
conservador, el michoacano nacido en Los Reyes, Clemente de Jesús
Munguía, rector del Seminario Conciliar y primer arzobispo de Morelia.
En los movimientos armados de la época participaron, entre otros,
Benito Juárez, Melchor Ocampo, Guillermo Prieto, Juan Álvarez, Miguel
Lerdo de Tejada e Ignacio Comonfort quienes, por separado, proclamaron
la Constitución de 1857 y después, las Leyes de Reforma que nos
ocupan.
José Telésforo Juan Nepomuceno Melchor de la Santísima Trinidad Ocampo
Tapia, es punta de lanza para el México de hoy.
· Ley Juárez (1855) que ordenaba a los tribunales eclesiásticos
o militares actuar en el ámbito de su competencia y no en los asuntos
gubernamentales.
· Ley Lerdo (1856) para la desamortización de predios urbanos o
rurales propiedad de civiles o eclesiales.
· Ley parroquial (1857) según la cual quedaba prohibido cobrar
los servicios parroquiales (misas, bodas, bautismos…) a los
visiblemente pobres.
· Ley del registro civil (nacimiento, matrimonio y muerte) como
actividad exclusiva del Estado.
· Ley de libertad de cultos, ley de desamortización de los
bienes del clero, secularización de cementerios…
· En su honor, Michoacán es hoy, de Ocampo: Michoacán de Ocampo.
Desde su fundación, el 23 de agosto de 1949, la Asociación Civil “Casa
de Michoacán” ha fortalecido los vínculos de unidad y procurado
mejores formas de vida entre paisanos radicados en la Ciudad y Valle
de México.
Este lunes 23 de agosto rendiremos homenaje a los michoacanos
ilustres, ratificamos el compromiso de mejoramiento personal para cada
uno de nosotros e impulsaremos el estudio de la historia y geografía
de nuestra querida entidad.
La cita es en Lucerna 61, colonia Juárez, Ciudad de México.
Mail: [email protected]