Aprueba el Senado sancionar el ciberacoso y la violencia digital
QUERÉTARO, Qro., 16 de noviembre de 2019.- La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió por unanimidad ratificar la decisión de los órganos electorales locales en los que se confirma que la diputada Elsa Méndez Álvarez sí cometió promoción personalizada al contratar pantalla luminosas para felicitar a las madres el 10 de mayo.
El documento expedido por dicha autoridad federal, refiere que la legisladora replicó de manera textual los argumentos que alegó en el análisis del caso en manos del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) sin que en esta nueva oportunidad de impugnar la decisión del órgano electoral anterior en jerarquía se presenten razonamientos que indiquen que éste cometió un agravio a la actora que promueve el recurso de impugnación.
En este sentido, se confirmó que Méndez Álvarez sí tenía conocimiento del video que fue transmitido en 3 pantallas luminosas de la ciudad, contratadas por su esposo Juan Barrios Pérez, y difundido a través de su página de facebook. La Sala Regional consideró que en efecto este material audiovisual fue promoción personalizada.
Cabe recordar de acuerdo a la resolución original del IEEQ, y que ya fue rectificada por dos autoridades electorales, se ordenó notificar al Poder Legislativo del Estado de Querétaro para que se interpusiera «la sanción que considerara pertinente» a la diputada, sin embargo, el Congreso local ha sido evadido la responsabilidad de hacerlo argumentando en voz de diferentes diputados que no se tiene conocimiento de la sentencia o que no se cuenta con las facultades para hacerlo.
Mientras tanto, una de las ciudadanas que interpusieron la denuncia original, Maricruz Ocampo Guerrero cuestionó lo siguiente: «¿Qué esperan los integrantes de la LIX Legislatura para sancionarla? ¿Hasta que la impunidad se haga costumbre?».