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CIUDAD DE MÉXICO, 14 de julio de 2017.- Con nueve votos a favor y uno voto en contra, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) sobreseyó las quejas presentadas por Morena y por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra de Eva Cadena por su presunta participación en el financiamiento ilegal de recursos para las campañas en el estado de Veracruz.
El proyecto establece que son insuficientes las pruebas aportadas, ya que la presentación de la queja se basa en un video que fue entregado anónimamente a un medio de comunicación. En la grabación, aparece la ex diputada recibiendo fajos de billetes, presuntamente para Andrés Manuel López Obrador.
El Consejero Electoral Benito Nacif, afirmó que al tratarse de una grabación privada, para ser admitida como prueba en procedimientos administrativos y penales debe ser presentada por una de las partes involucradas, por lo que al ser una prueba ofrecida anónimamente no cumple con esa condición necesaria.
“No puede haber actos legales que se desprendan por parte de esta autoridad, sobre la base de una prueba que es ilícita”, enfatizó.
Argumentó que el INE, como todas las autoridades, está obligado a seguir los criterios de la Suprema Corte de Justicia en el caso de valoración de pruebas, sino que además tiene la responsabilidad de no promover la industria de las grabaciones y de las intervenciones ilícitas.
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