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CIUDAD DE MÉXICO, 16 de octubre de 2018.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) subraya la obligación básica del Estado de adoptar medidas necesarias para mitigar y aliviar el hambre de la población, incluso en casos de desastre natural o de otra índole.
Y destaca que el 30.5% de la población indígena no cuenta con acceso a la alimentación, de ahí que ocupe el segundo lugar en la lista mínima de urgente atención, de la cual también forman parte pobreza, vivienda, educación, salud, justicia y discriminación, carencias que impiden que los pueblos indígenas mexicanos accedan a una vida digna.
De acuerdo a un comunicado de la CNDH, en la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) 2016, en México hay 3.2 millones de personas indígenas que viven con 3 o más carencias sociales y sin la capacidad económica para adquirir la canasta básica, lo que los ubica en la pobreza extrema.
En ocasión del Día Mundial de la Alimentación, la CNDH llama a las autoridades de los tres órdenes de gobierno y a la sociedad en su conjunto, a adoptar acciones decididas y refrendar el compromiso de atender ese derecho fundamental con todas las herramientas y estrategias disponibles, así como trabajar para lograr que sea efectivo el lema de este año que es: “Hambre Cero”.
El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), reportó que en 2016, el 20.1% de personas de la población total de México no tenía garantizado su acceso a la alimentación, situación que vulnera y pone en riesgo la realización del derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad previsto en el artículo 4º constitucional, mismo que, en consonancia con lo establecido en la Observación General No. 12 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, se ejerce cuando las personas tienen acceso físico y económico, en todo momento, a la alimentación adecuada o a medios para obtenerla.
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