Regímenes autoritarios amenazan autonomía de medios: Juan Pablo de Leo
Los ministros se pronunciaron a favor del dictamen de Arturo Zaldívar que amparó a cuatro personas para que la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios
QUERÉTARO, Qro., 4 de noviembre de 2015.- En una decisión inédita e histórica, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó el uso «lúdico” de la mariguana, su siembra y consumo para consumo personal, sin incluir su comercio, suministro o distribución, informó La Jornada.
En sesión privada, los ministros se pronunciaron a favor del dictamen de Arturo Zaldívar que amparó a cuatro personas para que la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) les conceda el permiso para producir y consumir la hierba.
La sentencia, que se oficializará en sesión pública, declara la inconstitucionalidad de los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud, en las porciones que establecen una prohibición para que la Secretaría de Salud emita autorizaciones “para la realización de los actos relacionados con el consumo personal con fines recreativos (sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar) exclusivamente el estupefaciente cannabis (su resina, preparados y semillas) y el psicotrópico THC que en conjunto son conocidos como mariguana.
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