Cómo celebrar el Guadalupe-Reyes sin excederte ni arrepentirte
XALAPA, Ver., 18 de diciembre de 2014.- Con cero abstenciones, cinco votos en contra y 45 a favor, el Congreso del Estado aprobó la iniciativa de reforma político electoral que contempla la gubernatura de dos años, reelección de diputados hasta por cuatro periodos consecutivos, así como la transformación de la Procuraduría General de Justicia en Fiscalía General del Estado, donde el actual procurador permanecerá hasta por un periodo de 9 años.
De los 50 legisladores, votaron en contra el petista Fidel Robles Guadarrama, Cuauhtémoc Pola Estrada de Movimiento Ciudadano, y los panistas Alejandro Zairick Morante y Alejandro Zairick Morante.
Entre los cambios aprobadas se establece el primer domingo de junio para la celebración de la jornada electoral, y en un artículo transitorio, que la elección de 2018 se realizará el primer domingo de julio.
Se modificó el artículo 19 para remitir la regulación de partidos políticos a la Constitución General de la República y a la Ley General de la materia, y reproduce la regla federal según la cual perderá su registro el partido político local que no alcance el tres por ciento de la votación en alguna de las elecciones de los poderes estatales.
Se reducen los tiempos de campaña, quedando para gobernador de 60 días, y para diputados y alcaldes de 30 días y se elimina la atribución de la Legislatura local para designar a los consejeros del organismo público que actuará como autoridad electoral estatal; la responsabilidad quedará a cargo del Instituto Nacional Electoral (INE).
Asimismo, suprime la facultad del Congreso del Estado para definir la demarcación de los distritos electorales y se determinan los límites de sobrerrepresentación y subrepresentación a ocho por ciento, de acuerdo con los topes impuestos en el artículo 116 constitucional federal.
Se establece la reelección de los diputados hasta por cuatro periodos consecutivos como dispone la Constitución de la República, y la organización, desarrollo y vigilancia de las elecciones, plebiscitos y referendos serán realizados a partir de ahora por un organismo público local, cuya denominación se definirá en la ley y con atribuciones que ya están definidas en la Constitución federal, en su artículo 41, y en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Además se desincorpora al Tribunal Electoral del Estado del Poder Judicial, y se fija el número de magistrados en tres; sobre la designación de los magistrados, su duración, la elección de su presidente, la especificación de sus funciones y los principios que las rigen, se retoma lo establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Finalmente, uno de los puntos más polémicos fue la aprobación de a la creación de la Fiscalía General como un organismo autónomo encargado de la procuración de justicia, y la permanencia del actual procurador hasta por un periodo de nueve años.