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La SCJN determinó que el hecho de ser mujer no le da a una madre más derechos que al padre para obtener la potestad de los hijos.
QUERÉTARO, Qro., 10 de julio de 2015.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el hecho de ser mujer no le da a la madre más derechos sobre el padre para obtener la guarda y custodia de un menor de edad, aunque se trate de una niña.
Cabe destacar que hace unos días, la Primera Sala de la SCJN también determinó que el delito de sustracción de menores cometido por familiares (padre o madre) que no tengan el consentimiento de quien ejerce la patria potestad o la custodia del menor, es acorde con el principio de interés superior del menor y al derecho fundamental a la unidad y convivencia familiar, publica Fernanda Familiar.
Por unanimidad de votos, a propuesta del ministro Arturo Zalívar, la Primera Sala concluyó que constituye un estereotipo pensar que la mujer es la más apta e idónea para cuidar a los hijos.
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