PRI abandonó a la gente; cambiar nombre y color no es solución: Madrazo
«Las coaliciones tendrán las mismas obligaciones que los partidos para garantizar la paridad de género en el registro de candidatos», aseguró Martín Arango.
QUERÉTARO, Qro., 9 de abril de 2015.- Ante la resolución que emitió el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) en temas de paridad de género, Martín Arango, representante legal de Acción Nacional (PAN) ante el organismo, anunció impugnaciones a las coaliciones del Revolucionario Institucional (PRI) además de las candidaturas comunes con el Partido del Trabajo (PT).
«El IEEQ fue omiso y no hizo valer los preceptos de nuestra ley electoral del estado de Querétaro, ni lo dispuesto por la resolución emitida en la Sala Regional, en razón de que se excluyó a la coalición conformada por el PRI, PVEM y Panal de postular a candidatas mujeres, cuando la ley electoral, en el artículo 174 es muy clara, donde refiere que las coaliciones tendrán las mismas obligaciones que los partidos políticos para garantizar la equidad y procurar la paridad de género en el registro de candidatos».
En este sentido, Martín Arango aseguró que presentará una impugnación ante el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) para que de los cinco municipios que va en coalición el PRI, al menos en dos, se pueda respetar esta equidad de género, así como en tres distritos de diputaciones de mayoría relativa.
«Los municipios que va en coalición son Querétaro, El Marqués, Corregidora, San Juan del Río y Pedro Escobedo, mientras que en los distritos en los que van en alianza son el octavo de Huimilpan y Amealco, el sexto de Querétaro, el onceavo de Pedro Escobedo y Tequisquiapan, el 14 de Cadereyta y Ezequiel Montes, así como el 15 de la zona serrana».
En cuanto al tema del PT y su candidatura común en municipios y gobierno del estado de Querétaro con el PRI, Martín Arango también informó impugnaciones a los municipios y al gobierno del estado, ya que el organismo fue omiso en adjuntar la documentación necesaria para hacer valer la candidatura común, ya que se requería la anuencia del órgano nacional y el estatal, situación que no se llevó a cabo.
«Por esta omisión, se puede caer la candidatura al gobierno del estado, los ayuntamientos y en los distritos electorales; las impugnaciones irán al TEEQ».