Detienen a sujeto por presunto ingreso ilícito a local en Milenio III
QUERÉTARO, Qro., 20 agosto 2014.- El Juez Segundo de Primera Instancia Penal del Distrito Judicial de Querétaro, dictó sentencia condenatoria a Juan José Vera Herrera y Rosa Isela Barrios Hernández, por los presuntos delitos lesiones calificadas y violencia familiar, en agravio de dos menores de edad.
En relación al proceso penal 222/2011, el pasado 27 de agosto de 2011, personal del IMSS notificó al Ministerio Público que en el área de Urgencias de dicho nosocomio, se estaba brindando atención médica a una menor de 3 años de edad, quien presentaba lesiones en todo el cuerpo, principalmente en la cabeza, en la que se registraba un traumatismo craneoencefálico severo, lesión que por su naturaleza generaba posibilidades de muerte a la menor.
Asimismo se informó que la pequeña había sido intervenida quirúrgicamente, pero que pese a estas acciones se le diagnosticó muerte cerebral.
En este sentido, una vez que elementos de la Policía de Investigación del Delito realizaron las indagatorias correspondientes, se encontró que el padre de la menor, Juan José Vera Herrera, fue quien provocó las lesiones a la misma, por lo que fue puesto a disposición de la autoridad judicial al igual que su pareja Rosa Isela Barrios Hernández, quien también fue vinculada al mencionado proceso penal.
Posteriormente, el Ministerio Público acreditó plenamente la participación de Vera en el delito de lesiones calificadas y violencia familiar, en agravio de la menor referida y de otro infante de 5 años de edad, en tanto que a Isela Barrios se le imputó el delito de violencia familia en agravio de los dos pequeños.
Por estas causas y con base en el cúmulo de pruebas aportadas por el Ministerio Público, el Juez Segundo de Primera Instancia Penal del Distrito Judicial de Querétaro, dictó sentencia condenatoria a Vera Herrera, consistente en 24 años de prisión y sujeción a tratamiento sicológico especializado.
En tanto que Isela Barrios, fue sentenciada a 3 años de prisión y sujeción a tratamiento sicológico especializado.
Asimismo, el Juez encontró en las aportaciones realizadas por la autoridad ministerial, fundamento para integrar a la sentencia el pago por concepto de daño a ambos imputados de manera mancomunada y solidaria, la cantidad de 62 mil pesos a favor de la menor ofendida, correspondiente a la indemnización por incapacidad permanente total para trabajar; además deberán pagar los gastos que ha generado la manutención, atención y cuidado de la menor en los albergues donde ha estado a partir de los hechos.