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QUERÉTARO, Qro., 18 de enero de 2015.- El Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito, resolvió el Juicio de Amparo Directo 372/2014, a favor de Miguel Nava Alvarado, en contra del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro, relativo con la ilegal reposición de la elección.
El Titular de la Institución Protectora de Derechos Fundamentales fue elegido por votación unánime del Congreso Estatal por un período de cinco años; del 12 de febrero de 2012 al 11 febrero de 2017; de conformidad al artículo 102, apartado B, párrafo octavo de la Constitución Mexicana.
El Tribunal Colegiado, al resolver el Juicio de Derechos Humanos, concedió a Miguel Nava Alvarado, la protección de la Justicia Federal, derivado de que el Tribunal Local, en su resolución del 3 de abril de 2014, vulneró sus Derechos Fundamentales; al determinar improcedente el medio de impugnación en contra de la sentencia del 9 de diciembre de 2013, emitida de manera unitaria por la Magistrada Celia Maya García, en la que ordenó modificar la Ley de Derechos Humanos de Querétaro y admitir la candidatura de una persona a casi dos años de la toma de protesta de Ley del Presidente del Organismo Constitucional Autónomo.
La sentencia federal, obliga a las y los magistrados locales a resolver el Juicio de Protección de Derechos Fundamentales; lo cual desestima consecuentemente, la Acción de Inconstitucionalidad, concedida por la Magistrada Celia Maya García con aval del Tribunal Estatal y que nunca fue demandada por nadie.
El 9 enero pasado, el Tribunal Federal, ordenó al Pleno del Tribunal Superior de Justicia y a la Junta de Concertación Política de la LVII Legislatura, dejar sin efectos todos los procedimientos iniciados en relación con la ilegal reposición de la elección.