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BARCELONA, Esp., La Audiencia de Barcelona ordenó el ingreso a prisión del ex presidente del club de futbol del Barcelona José Luis Núñez y de su hijo Josep Lluís, al rechazar su petición para suspender de forma provisional la ejecución de una condena a dos años y dos meses de cárcel, por el llamado ‘caso Hacienda’, mientras se decide su petición de indulto, publica Excelsior.
En un auto notificado hoy la Audiencia desestimó la petición de los Núñez, condenados por uno de los mayores casos de corrupción destapados en Cataluña, al considerar que no se evidencian motivos de «equidad o justicia» que puedan llevar a su indulto y porque está convencida de que el Estado no otorgará «indulto alguno» por casos de corrupción.
La Audiencia de Barcelona condenó en julio de 2011 a seis años de cárcel al ex presidente azulgrana (1978-2000) y constructor José Luis Núñez Clemente y a su hijo Josep Lluís Núñez Navarro, esto por sobornar a inspectores de Hacienda para que se hicieran de “la vista gorda” en sus revisiones y eludir así el pago de impuestos de los beneficios obtenidos por el grupo constructor que administran, el grupo Núñez y Navarro.
Sin embargo, el Tribunal Supremo rebajó en enero pasado la condena hasta los dos años y dos meses de prisión, alegando los retrasos indebidos en la macrocausa judicial, ante lo que Núñez y su hijo solicitaron un indulto y reclamaron que, mientras tanto, se suspendiera su ingreso en prisión.
Al igual que la fiscalía y la abogacía del Estado, la Sección Novena de la Audiencia de Barcelona rechazó la petición de los Núñez de suspender su ingreso en prisión, en un auto en el que subraya las «gravísimas» conductas por las que fueron condenados.
La Audiencia alegó que se tiene que tener en cuenta el contexto en el que los Núñez cometieron su delito, en el marco del conocido como el ‘caso Hacienda’, «uno, si no el de mayor relevancia de corrupción conocido en la historia judicial de Cataluña».
Además, remarcó que dado el actual posicionamiento del Gobierno de «tolerancia cero» respecto a los delitos referidos a la corrupción, las expectativas de concesión del indulto total o parcial para los Núñez «resultan francamente aún menos halagüeñas».
Los Núñez, según recordó la Audiencia, «aceptaron un diseño financiero contrario a las normas tributarias, del que obtenían un ahorro fiscal indebido y muy suculento, que obligaba a desarrollar una serie de operaciones mercantiles diseñadas y materializadas principalmente para producir ese ahorro fiscal».
Para la Audiencia, el ejercicio de gracia del indulto sólo resulta justificado “de forma excepcional y como remedio a situaciones consideradas de ‘injusticia notoria’, para referirse a aquellos casos en que la ejecución de la pena dejaría de cumplir la función de resocialización que constitucionalmente tiene encomendada”.