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QUERÉTARO, Qro., 28 de noviembre de 2014.- La indemnización que pagará la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) a la empresa China por la revocación de la licitación del Tren de Alta Velocidad (TAV) México- Querétaro, no causará un daño al erario público, afirmó el Encargado de Despacho de la Secretaría de la Función Pública, Juan Alfonso Olivas Ugalde.
«No, la Ley de Obras Públicas, por eso pongo énfasis, habla de gastos no recuperables, así lo previene, así lo estableció el legislador y es a lo que estamos obligados nosotros», resaltó.
Explicó que en la Ley de Obras Públicas existe un artículo que previene que en su momento, la dependencia o la entidad, en este caso la SCT, puede no firmar un contrato, a pesar de que se haya hecho la licitación, pero está obligada a pagar los gastos no recuperables.
«La consecuencia jurídica, que quede muy claro, es la obligación de la dependencia de pagar los gastos no recuperables, eso es a lo único que está obligada la dependencia, si la empresa acredita gastos no recuperables tendrán que cubrirse», sostuvo.
Asimismo, aseguró que ante la Secretaría de la Función Pública, no se ha presentado alguna denuncia por la revocación de la licitación del TAV.
«Hay que estar atentos a la nueva convocatoria que lance la SCT y si la empresa China vuelve a participar», finalizó.