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CD DE MÉXICO, D.F., 11 de mayo de 2014.- Las sanciones de hasta 4 años de cárcel por incurrir en violencia en los partidos de futbol entraron en vigor este sábado 10 de mayo.
Estas nuevas disposiciones surgieron a raíz de la violencia que se registró en el Estadio Jalisco en marzo pasado, donde policías fueron agredidos y, posteriormente, pidieron justicia, señaló Azteca noticias.
De acuerdo con lo publicado el viernes en el Diario Oficial de la Federación, quien cometa delitos de violencia en eventos deportivos será sancionado hasta con cuatro años de cárcel y se instituye el padrón de personas sancionadas con suspensión del derecho de asistir a actos de este tipo masivos o con fines de espectáculo en los estadios.
También se castigará al espectador o cualquier otra persona que sin ser juez, jugador o parte del cuerpo técnico de los equipos contendientes, lance objetos contundentes que pongan en riesgo la salud o la integridad de las personas en los estadios.
De igual forma, a quien ingrese sin autorización a los terrenos de juego y agreda a las personas o cauce daños materiales en los estadios, introduzca armas de fuego, explosivos o cualquier otra arma prohibida.
Esto también aplica para quienes se encuentren en los medios de transporte organizados para acudir a los estadios como comúnmente arriban las barras.
Para estos delitos se impondrán sanciones que irán de 6 meses a 4 años de prisión y multas de 10 a 90 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.
Además se les impondrá la suspensión del derecho a asistir a eventos deportivos masivos o con fines de espectáculo, por un plazo equivalente a la pena de prisión que se le imponga.
Para ello, se instituye el padrón de personas sancionadas con suspensión del derecho de asistir a eventos deportivos, el cual formará parte de las bases de datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
La información en él contenida será confidencial y su acceso estará disponible únicamente para las autoridades.
Los estados y el Distrito Federal deberán adecuar sus disposiciones legales a lo previsto en esta reforma, en un plazo no mayor a seis meses a partir de la entrada en vigor.