Disputarán Leones Negros, Chivas, Tapatío y Atlas la Copa Pacífica 2024
La resolución determina como inexistente la supuesta asamblea del 3 de abril, en la que se pretendía hacer parecer que Angélica Fuentes había sido destituida de su nombramiento.
MÉXICO, DF, 15 de octubre de 2015.- En relación con la información difundida en diversos medios de comunicación, relativa a la sentencia de un Tribunal Colegiado de Circuito en la que se determinó conceder la suspensión definitiva a Angélica Fuentes Téllez, lo que autorizaría que pueda fungir como directora general de Grupo Chivas, el despacho Collado y Asociados, encargado de su defensa legal, señala y precisa lo siguiente:
Dicha resolución es emitida por un Tribunal Federal de última instancia, la cual es inapelable, por lo mismo irrebatible e incuestionable.
La resolución determina como inexistente la supuesta asamblea del 3 de abril, en la que se pretendía hacer parecer que Angélica Fuentes había sido destituida de su nombramiento e intentando poner a otras personas como sus sucesores.
La sentencia del Tribunal Federal declara que no se conformó la voluntad societaria, dado que ésta fue llevada a cabo sólo por un accionista de forma aislada y conforme a los lineamientos que sólo a él convinieron.
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