Tampoco muere legado de Silvia Pinal como legisladora
QUERÉTARO, Qro., 22 de mayo de 2014- La Comisión de Puntos Constitucionales de la 57 local inició la homologación de las leyes secundarias de la reforma electoral, luego de que hoy aprobó la reforma al artículo 41 de la constitución local, referente a la adquisición de publicidad fuera de los términos de la ley en tiempos electorales, como un elemento que podría anular la elección.
Al respecto, el diputado Marco Antonio León Hernández señaló que esta reforma agrega la palabra adquisición, cuando un candidato sale de manera notoria en los medios de comunicación, lo que daría mayor certeza en las causales de anulación de la elección.
“La diferencia de contratar es que requiere el elemento jurídico de contrato pero la adquisición no, es decir puede suponerse que un candidato esta adquiriendo publicidad cuando sale de manera notoria en algún medio de comunicación y esto puede ser causal de nulidad, se trata de incluir adquirir. Es causal de nulidad si adquiere un candidato adquirir, en eso constite la segunda reforma a la constitución”.
Explicó que las reformas buscan evitar los vacíos legales en la utilización de los medios de comunicación por parte de los pre candidatos o candidatos a puestos de elección popular, por lo que la comisión se declaró en receso hasta próximo aviso, para continuar con el análisis de otros puntos como la reelección de presidentes municipales, regidores y diputados locales.