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CIUDAD DE MÉXICO, 26 de agosto de 2024.- En este regreso a clases, los pagos por colegiaturas y transporte escolar (cuando este sea obligatorio o cuando se incluya dicho gasto en la colegiatura), son conceptos deducibles en la declaración anual.
Así lo informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT), además de precisar que el beneficio aplica para cónyuges, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa o para sí mismos.
La deducción de colegiaturas es conforme al nivel que se curse en instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo al padrón de escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales, mismas que se pueden consultar en:
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