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QUERÉTARO, Qro., 29 de junio de 2023.- La 60 Legislatura local autorizó clasificar la violencia vicaria como un delito, al agregarlo dentro de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Quedó clasificada como toda aquella acción u omisión cometida en contra de las mujeres por aquella persona que contra ellas haya tenido una relación de matrimonio, concubinato, de hecho o de cualquier otro tipo.
El delito se cometerá cuando se provoque la separación de la madre con sus hijas e hijos o persona vinculada significativamente a la mujer, cuando se actúe por medio de la retención, sustracción, ocultamiento, maltrato, amenaza y puesta en peligro, también se castiga cuando promueva mecanismos jurídicos y no jurídicos que retrasen, obstaculicen, limiten e impidan la convivencia, ya sea para manipular, controlar a la mujer o dañar el vínculo afectivo.
Se toma en cuenta todo el posible daño psicoemocional, físico, patrimonial o de cualquier otro tipo a ella, a sus hijas e hijos.
Dentro de la clasificación de violencia familiar se define todo acto de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar, agredir física, verbal, psicoemocional, patrimonial, sexualmente o vicariamente a las mujeres.
La violencia familiar es aquella que comete quien con la mujer tiene parentesco por consanguineidad hasta en cuarto grado, tenga o haya tenido relación de parentesco por afinidad o civil y mantenga o haya mantenido una relación de matrimonio, concubinato o de hecho.
La reforma entrará en vigor una vez que se publique en el periódico oficial La Sombra de Arteaga.