Indicador Político
Dra. Gabriela Moreno Valle Bautista
Profesora de la Escuela de Ciencias Sociales y Gobierno del Tec de Monterrey Campus Querétaro.
El libre desarrollo de la personalidad puede ser definida como un derecho que permite a todas las personas decidir y materializar los planes de vida que decida, cuyos límites externos deben ser establecidos de manera objetiva por el estado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado en diversas ocasiones sobre él, en la tesis P. LXVI/2009 pronunciada por el Pleno de ese tribunal se determinó que tal derecho es el reconocimiento del Estado sobre la facultad natural de toda persona a ser individualmente como quiere ser, sin coacción ni controles injustificados, con el fin de cumplir las metas u objetivos que se ha fijado, de acuerdo con sus valores, ideas, expectativas, gustos, etcétera; que comprende, entre otras expresiones, la libertad de contraer matrimonio o no hacerlo; de procrear hijos y cuántos, o bien, decidir no tenerlos; de escoger su apariencia personal; su profesión o actividad laboral, así como la libre opción sexual, en tanto que todos estos aspectos son parte de la forma en que una persona desea proyectarse y vivir su vida y que, por tanto, sólo a ella corresponde decidir autónomamente.
Ha dado nacimiento además a diversas instituciones como el matrimonio igualitario (el reconocimiento del estado no sólo de la orientación sexual de un individuo hacia personas de su mismo sexo, sino también de sus uniones, bajo las modalidades que, en un momento dado, decida adoptar); el divorcio sin expresión de causa (el reconocimiento de la voluntad del individuo cuando ya no desea seguir vinculado a su cónyuge), el consumo lúdico de la marihuana (la decisión de las personas mayores de edad a decidir sin interferencia alguna qué tipo de actividades recreativas o lúdicas desean realizar), etcétera.
La ley y la jurisprudencia han reconocido este importante derecho, como ciudadanía debemos ser responsables en su uso y respetuosos con los derechos de los demás a fin de alcanzar una sociedad inclusiva.
“Todos los derechos para todas las personas”.