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QUERÉTARO, Qro., 27 de junio de 2022.- Que el patrón tenga de sus trabajadores el número de RFC, Código Postal y nombre completo es suficiente, no hay necesidad de que los obligue a entregar la constancia de situación fiscal. Incurriría en una falta sancionable ante las autoridades del trabajo si es que condicionan el pago a la entrega de ese documento.
Ivonne King Rodríguez, administradora de servicios al contribuyente del Sistema de Administración Tributaria (SAT) Querétaro uno, informó lo anterior, al indicar que lo único que se requiere de los trabajadores es que entreguen su información fiscal a sus empleadores, sin que eso incluya la constancia de situación fiscal.
La fecha límite para cumplir con el uso del CFDI 4.0 llevó a que el SAT atendiera a un promedio de mil personas diarias. El anuncio de que amplia el plazo generó una reducción en la asistencia a los módulos de hasta 70 %.
Remarcó que se amplió el plazo para que los empleadores cumplan con el uso del CFDI 4.0, lo que permite que los contribuyentes tengan hasta el uno de enero del 2023 para entregar su información fiscal a su patrón.
Remarcó que, en el caso de los asalariados, la obligación de facturar correctamente es del patrón, no el trabajador, de ahí que este último podría recurrir a las instancias laborales correspondientes para denunciar, en caso de que se le condicione su pago.
Para solicitar la constancia físicamente, el contribuyente puede acudir directamente a los módulos, sin necesidad de cita, en un horario de 9 de la maña a 4 de la tarde.
En caso de que algún trabajador necesite tramitar la constancia de situación fiscal, la puede solicitar desde la página del SAT o desde la aplicación de SAT ID, sin necesidad de acudir físicamente a algún módulo de atención.
El SAT ID surgió con la pandemia y ha facilitado la realización de trámites.