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MÉXICO, 28 de abril 2022.- En sesión solemne, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró la invalidez del ejercicio de revocación de mandato del pasado 10 de abril, toda vez que no se alcanzó 40% de la participación ciudadana que establece la ley.
De acuerdo con El Universal, el dictamen, donde se da por concluido el proceso de revocación, determina que no es procedente emitir la declaratoria de validez por no haberse alcanzado el requisito de participación ciudadana exigido por la Constitución, por lo que el ejercicio no es válido y carece de efectos jurídicos.
La primera consulta de revocación de mandato a la que se sometió el presidenteAndrés Manuel López Obrador el pasado 10 de abril sólo contó con 17.7% de participación, lejos de 40% necesario para ser vinculante.
En la sesión previa, donde se desecharon las impugnaciones del presidente López Obrador y de los partidos de oposición, la magistrada Janine Otáloraadvirtió sobre el cúmulo de irregularidades que se presentaron durante el proceso.
“El hecho de que los más altos funcionarios y detentores de gubernaturas reten a las instituciones encargadas de velar por el orden democrático constitucional no es un buen augurio… Tampoco puede dejarse de lado el riesgo democrático al desincentivar la participación ciudadana con la amenaza de que el proceso pueda anularse”.
Con información de El Universal